martes, 2 de julio de 2013

Decreto 170


El 21 de abril de 2010 se modifica el DFL2 De 1998 y otros cuerpos legales relacionados con la subvención que reciben las escuelas especiales y los establecimientos de educación regular que cuentan con programas de integración escolar (PIE).
En la actualidad la educación especial o diferencial es reconocida en la ley general de educación (LGE), como una modalidad del sistema educativo.
El decreto 170 establece los requisitos, procedimientos y pruebas diagnosticas con que deben ser evaluados los/as estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales Transitorias, asociadas a:
·         Dificultades especificas del aprendizaje.
·         Trastornos específicos del lenguaje.
·         Déficit atencional.
·         Coeficiente intelectual (Limítrofe- Conducta adaptativa).
Reglamenta los requisitos para realizar el diagnostico a estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales de  carácter Permanente (sordos, ciegos, discapacidades intelectuales severas, disfasia severa, trastorno del espectro autista.), que se educan en escuelas especiales que perciben la subvención incrementada.


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